Mélido Pérez fue designado por el primer mandatario como ayudante civil del Presidente de la República, medida contenida en la disposición 518-07.
SANTO DOMINGO.- El presidente Leonel Fernández nombró al ex lanzador de las Grandes Ligas Mélido Pérez como ayudante civil del poder ejecutivo.
Melido es miembro de una tradicional familia de jugadores de béisbol y en especial lanzadores que han dado brilo al béisbol dominicano.
Melido es hermano de Pacual -Cuta-Pérez, quien jugó con los Expos de Montreal, Piratas, Yankees y otros equipos, Carlos Pérez, que brilló con los Dodgers de los Angeles y los Expos de Montreal, Valerio Pérez, Vladimir y el fallecido Dario Pérez.
Mélido Pérez fue designado por el primer mandatario como ayudante civil del Presidente de la República, medida contenida en la disposición 518-07.
Mélido es un prospero empresario de su comunidad natal Nigua y además incursionó en la política con el Partido Reformista.
En la actualidad Mélido está dedicado por completo a las labores administrativas de sus negocios y.
En las Grandes Ligas brilló con los Medias Blancas de Chicago, Indios de Cleveland y los Yankees de Nueva York.
En otra actividad presidencial del día de ayer el el presidente Leonel Fernández promulgó la modificación de la ley que establece el impuesto anual del derecho a circulación de los vehículos de motor.
"Se modifica el artículo nueve de la ley 241, sobre tránsito de vehículos, de fecha 28 de diciembre del año 1967, modificado por la ley 56-89, del año 1989, y por el artículo 32 de la ley 495-06, de fecha 27 de diciembre del año 2006", destaca.
En lo adelante, los vehículos con más de cinco años de fabricación pagarán por los marbetes o placas mil 200 pesos, en cambio, los que tengan ese tiempo o menos, les costará 2 mil 200.
A los contribuyentes que hayan efectuado el pago de derecho de circulación, según las tarifas establecidas en la ley 495-06, la Dirección General de Impuestos Internos, le devolverá mediante cheque el exceso del importe pagado a más tardar 10 días después de la entrada en vigencia de la presente legislación, dice un párrafo transitorio.
Según estipula la modificación de la referida ley, los montos establecidos como pago del impuesto anual del marbete, serán ajustados cada año fiscal por la tasa de inflación correspondiente, de acuerdo a las cifras publicadas por el Banco Central de la República Dominicana.
Esta medida fue tomada por el Presidente de la República, visto el desempeño de la economía nacional y el superávit fiscal del presente año que permite al Gobierno Central facilitar a los propietarios de vehículos de motor el pago del derecho de circulación al mismo costo de los años anteriores.
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